Que no se te olviden tus derechos

Estimada compañera, estimado compañero:

Vamos a recordarte algunos de los derechos que tenemos, ya que a veces se nos olvidan (y la empresa parece no recordarlos casi nunca).

Tienes derecho

  • A que tus representantes estén presentes si te reúnes con la empresa. Por ejemplo, cuando pretendan despedirte, trasladarte, etc. No hagas caso de mensajes de este tipo: «de esto es mejor que no se enteren en el Comité», siempre procedentes de tus jefes o del departamento jurídico de Alten. ¿Crees que ellos van a velar por tus intereses?
  • A cobrar tu nómina completa cuando estés de baja. De las pocas mejoras que tenemos en Alten con respecto al resto de empresas. No importa que acabes de llegar o que lleves aquí varios años.
  • A que no te retiren pluses o incentivos por el hecho de estar embarazada o de baja por maternidad, según ha sentenciado el Tribunal Supremo.
  • A no hacer horas extra o, en caso de que quieras hacerlas, a que te las paguen o compensen. En todo caso ten en cuenta que cada hora extra que haces limita la posibilidad de las personas en desempleo de acceder a un trabajo.
  • A determinados permisos retribuidos, como traslado de domicilio, ausencias de la madre embarazada para exámenes y preparación al parto, ingreso hospitalario o intervención hasta 2° grado de consanguinidad o afinidad… Además, según una reciente sentencia, el permiso se comienza a contabilizar a partir del primer día laborable.
  • A que no te impongan las vacaciones. La empresa debe acordar contigo, no imponer, las vacaciones al menos con dos meses de antelación. En caso de desacuerdo, podrás acudir a los tribunales a reclamar. Por supuesto el cliente no tiene nada que decir al respecto, es una cuestión entre Alten (quien te contrata) y tú; de otro modo podría incurrirse en cesión ilegal.
  • A realizar el horario oficial del cliente, NO el que imponga el cliente.
  • A solicitar un Permiso Individual de Formación: tienes toda la información en este enlace.
  • A reducir tu jornada hasta en un 50% para guarda legal.
  • A no firmar nada que no quieras firmar, por ejemplo el famoso «Acuerdo de intercontrato». El «intercontrato» es un concepto interno de la empresa y como tal no modifica en absoluto tu contrato, salario, etc. En todo caso no te pueden obligar a firmarlo, y nuestra recomendación es que no lo hagas.

Esta lista no acaba aquí, tienes muchos más derechos: ejércelos para que no te los quiten. Y si quieres además defenderlos y aumentarlos, infórmate, lee el vigente Convenio, habla con tus compañeros y compañeras, afíliate a un sindicato. No te dejes pisar.

Si tienes cualquier duda, ponte en contacto con nosotros.