Firmado el Primer Plan de Igualdad en Alten

Estimada compañera, estimado compañero:

Nos alegra comunicarte, por fin, una buena noticia: el día de ayer, 17 de julio de 2018, hemos firmado el Primer Plan de Igualdad en Alten, que incluye también un Protocolo contra el Acoso Sexual y Por Razón de Sexo.

Nuestros esfuerzos para que este Plan se apruebe se remontan a hace casi seis años, tras la denuncia y posterior comprobación por parte de la Inspección de Trabajo de un grave caso de acoso sexual en Alten, que culminó con el despido del anterior director. Además de la sanción preceptiva, la Inspección instaba a la empresa a negociar el Plan de Igualdad. A pesar de esta sanción y de la obligación legal de tener un Plan de Igualdad, ardua tarea ha tenido esta RLT para hacer ver a la dirección de esta empresa la importancia que tiene tenerlo y conseguir finalmente la firma de dicho Plan.

Desde entonces hemos llevado a la empresa ante todas las instancias administrativas y judiciales para conseguir la negociación y posterior puesta en marcha del Plan de Igualdad. Por fin, en la Audiencia Nacional conseguimos arrancar un pacto e iniciar las conversaciones, que se extendieron desde junio de 2015 hasta enero de 2017. Un año y medio después del fin de estas negociaciones (y tras nuevas denuncias) Alten y la RLT ratifican el Plan.

En breve se publicará y os daremos más información sobre su contenido y repercusiones.

Un saludo.

Ampliación permiso de Paternidad a 5 semanas

Estimados compañeros y compañeras.

Ayer se publicó en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018, de manera que a partir de hoy (jueves, 5 de julio de 2018) entrará en vigor la ampliación del permiso de paternidad hasta la 5ª semana, cuya ampliación se encuentra contenida en la citada Ley.

De este modo el trabajador/a tiene derecho a la suspensión del contrato por paternidad durante cinco semanas, ampliables en los supuestos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo.

Como ocurría hasta ahora, el trabajador/a que ejerza este derecho podrá iniciar su disfrute durante el periodo comprendido desde la finalización del permiso por nacimiento de hijo, previsto legal o convencionalmente, o desde la resolución judicial por la que se constituye la adopción o a partir de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento.

El disfrute del permiso durante las primeras 4 semanas será obligatoriamente ininterrumpido, desde el momento señalado en el párrafo anterior, mientras que la 5ª semana de permiso tendrá carácter “volante”, esto es, que podrá disfrutarse, alternativamente, bien de forma sucesiva a las 4 primeras semanas o bien en un nuevo periodo independiente dentro de los nueve meses siguientes a la fecha de nacimiento del hijo, la resolución judicial o la decisión administrativa correspondiente.

En los casos en los que se quiera disfrutar de la 5ª semana de permiso de forma “volante”, en un nuevo periodo independiente de las 4 primeras semanas, deberá contarse con el acuerdo previo entre el empresario y el trabajador/a.

Del mismo modo, se mantiene el régimen de disfrute a jornada completa o jornada parcial que ya estaba establecido para las prestaciones de paternidad y maternidad. De manera que el permiso de paternidad podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del cincuenta por ciento, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, y conforme se determine reglamentariamente. En todo caso, el régimen de jornada será el mismo para todo el período de 5 semanas, con independencia de que se disfrute de forma ininterrumpida o en dos periodos diferenciados.

En espera de que esta información os sea de utilidad, recibid un saludo.